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RESOLUCIÓN 6026 DE 2020

(julio 25)

Diario Oficial No. 51.386 de 25 de julio de 2020

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

Por medio de la cual se modifica la planta de personal de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales y en particular de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 17 de la Ley 1978 de 2019, y los artículos 78 y 82 de la Ley 489 de 1998, la Resolución CRC 5918 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que con la expedición de la Ley 1978 de 2019, “por la cual se moderniza el Sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), se distribuyen competencias, se crea un Regulador Único y se dictan otras disposiciones”, se introducen importantes modificaciones en relación con la naturaleza, el funcionamiento, la composición y las atribuciones de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

Que de acuerdo con los artículos 19 y 22 de la Ley 1341 de 2009, modificados respectivamente por los artículos 15 y 19 de la Ley 1978 de 2019, se amplía el ámbito de acción de la Comisión de Regulación de Comunicaciones a los servicios de la televisión pública radiodifundida, radiodifusión sonora y servicio postal universal, y se le trasladan funciones del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, MINTIC, y de la Autoridad Nacional de Televisión, (ANTV), entidad que se liquida en la misma ley.

Que el artículo 20 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 17 de la Ley 1978 de 2019 establece que, para el cumplimiento de sus funciones, y como instancias que sesionarán y decidirán los asuntos a su cargo de manera independiente entre sí, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estará compuesta por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales y por la Sesión de Comisión de Comunicaciones. De igual forma, dispone que la primera de ellas estará integrada por tres (3) comisionados, y la segunda por el Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y cuatro (4) Comisionados.

Que el artículo 19 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 15 de la Ley 1978 de 2019, dispone que la CRC es una Unidad Administrativa Especial, del orden nacional, con independencia administrativa, técnica, patrimonial, presupuestal, y con personería jurídica.

Que de conformidad con el artículo 82 de la Ley 489 de 1998, las unidades administrativas especiales con personería jurídica son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, sujetas al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos.

Que de acuerdo con el artículo 78 de la Ley 489 de 1998, el director de los establecimientos públicos será su representante legal, celebrará en su nombre los actos y contratos necesarios para el cumplimiento de sus objetivos y funciones, y cumplirá todas aquellas funciones que se relacionen con la organización y funcionamiento de la misma en ejercicio de la autonomía administrativa y la representación legal.

Que mediante Decreto 090 del 19 de enero de 2010 se adoptó la planta de personal de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, y que posteriormente fue modificada mediante Decreto 1770 del 16 de agosto de 2013 y complementada por la Resolución CRC 5878 de 2020.

Que según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 15 de la Ley 1978 de 2019, el legislador le otorgó a la CRC, la competencia para adoptar la planta de personal que requiera para el cumplimiento de sus funciones.

Que el citado artículo en su inciso cuarto establece que la Comisión de Regulación de Comunicaciones adoptará su estructura y planta de personal para el ejercicio de sus funciones dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha de expedición de la mencionada Ley, plazo que podrá ser prorrogado hasta por seis (6) meses adicionales.

Que la Comisión de Regulación de Comunicaciones con el fin de adecuar su planta de personal a los nuevos requerimientos planteados en la Ley 1978 de 2019, elaboró el correspondiente estudio técnico, atendiendo los lineamientos establecidos en las guías y metodología establecidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública, en virtud del artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y el artículo 2.2.12.1 del Decreto 1083 de 2015.

Que la presente Resolución complementa los Decretos 090 del 19 de enero de 2010 y 1770 del 16 de agosto de 2013 y la Resolución CRC 5878 de 2020, por los cuales se adoptó la planta de personal de la Comisión de Regulación de Comunicaciones.

Que la presente modificación de planta se encuentra alineada con la Directiva Presidencial 09 de 2018, la cual en su numeral 1.1, establece que “Las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad.”.

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16 del artículo décimo de la Resolución CRC 5918 de 2020, corresponde al Director Ejecutivo de la CRC, adoptar la estructura y planta de personal de la entidad, previa aprobación del Comité de Comisionados de la Sesión de Comisión de Comunicaciones.

Que el Comité de Comisionados de la Sesión de Comisión de Comunicaciones aprobó mediante acta 1249 del 25 de julio 2020, la presente modificación de planta de personal.

Que, para los fines de esta resolución, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal, mediante radicado 2-2020-033753 del 24 de julio de 2020.

Que, en virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. CREACIÓN DE EMPLEOS. Crear en la planta de personal de la Comisión de Regulación de Comunicaciones los siguientes cargos:

ARTÍCULO 2o. DISTRIBUCIÓN DE EMPLEOS. El Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Comunicaciones distribuirá los cargos de la planta global a los que se refiere el artículo 1o de la presente Resolución, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la Entidad, previa aprobación del Comité de Comisionados de Comunicaciones.

ARTÍCULO 3o. PROVISIÓN DE EMPLEOS. La provisión de los empleos creados en la presente resolución se efectuará en forma gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, a los que se refiere el artículo primero de la presente resolución, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley 770 de 2005, la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIAS Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica el Decreto 090 de 2010, el Decreto 1770 de 2013, la Resolución CRC 5878 de 2020 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2020

El Director Ejecutivo,

Carlos Lugo Silva.

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