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LÍNEA DECISIONAL CRC RESOLUCIÓN 2517 DE 2010

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Tema: Interconexión
Subtema: Calidad / Dimensionamiento

Resolución No. 3028 del 10/03/2011 “Por la cual se resuelve el conflicto surgido entre COMUNICACIONES DIME S.A. E.S.P y COMUNICACIÓN CELULAR COMCEL S.A."

(…)

“En ese sentido, la aplicación de un porcentaje equivalente al 1% de bloqueo medio para el grado de servicio de la interconexión atiende a las condiciones consideradas como las mínimas requeridas por la regulación general en esta materia y constituye un mínimo de calidad exigible para las redes en Colombia, por lo que en ausencia de un acuerdo entre las partes de modificar dicho valor y hacerlo más exigentes, las partes deberán atenerse al piso antes mencionado.

Así las cosas ante la divergencia advertida entre las partes, dentro del presente acto administrativo, la CRC procederá a dirimir esta diferencia a la luz de lo previsto en la regulación general, esto es, mediante la aplicación de la regla general prevista en el artículo 12 de la Resolución CRT 1763 de 2007 que establece un grado de servicio del 1% de bloqueo para efectos de dimensionar la interconexión, lo anterior sin perjuicio de que los proveedores por decisión de mutuo acuerdo puedan modificar dicho valor y hacerlo más exigente de conformidad con las negociaciones que lleven a cabo.

Aclarado lo anterior, la CRC debe revisar lo relativo al trámite que deben adelantar las partes para proceder al dimensionamiento de la interconexión en aplicación de lo dispuesto en el artículo 12 de la Resolución CRT 1763 de 2007, lo anterior en la medida en que como antes se mencionó según lo afirma COMUNICACIONES DIME, COMCEL considera que dichas ampliaciones deben darse con ocasión únicamente de las solicitudes que sobre este particular formule COMCEL.

Al respecto, debe recordarse que corresponde a COMCEL y COMUNICACIONES DIME en el seno del CMI, dar aplicación a las reglas contenidas en el Artículo 12 antes mencionado, con el fin de que la interconexión funcione de manera óptima. Debe tenerse en cuenta que las reglas para dimensionamiento eficiente de la interconexión contenidas en la citada disposición se estructuran sobre la base de una metodología de análisis que deben aplicar bimestralmente las partes involucradas, es decir tanto COMCEL como COMUNICACIONES DIME, para efectos de identificar la necesidad de incorporar o no ajustes en la misma.”

De acuerdo con lo anterior y según lo indica el citado artículo 12 de la Resolución CRT 1763 de 2007, los análisis sobre el comportamiento de la interconexión deben ser llevados a cabo por los proveedores de manera conjunta y con una periodicidad bimestral, así mismo, las partes deben de consuno proceder a introducir los ajustes y adecuaciones necesarias con miras a garantizar adecuado dimensionamiento de la interconexión. En ese sentido, debe decirse que el correcto desenvolvimiento tanto de la revisión de los parámetros de análisis, como de su aplicación en términos de crecimiento o decrecimiento en el número de enlaces requeridos, obedecen a una obligación conjunta que recae sobre ambos proveedores sin distinciones particulares en cuanto a las responsabilidades que demandan las mismas y que se encuentran asociadas al óptimo funcionamiento de la interconexión.”

Normatividad Asociada: Ley 1341 de 2009, Resolución CRT 087 de 1997, Resolución 432 de la Secretaría General de la CAN.

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