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RESOLUCIÓN 2387 DE 2013

(julio 24)

Diario Oficial No. 48.866 de 29 de julio de 2013

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 3278 de 2018>

Por la cual se modifican las resoluciones 1250 de 2008 y 147 de 2011.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las establecidas en la Ley 1341 de 2009, el Decreto 2618 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 1250 del 16 de junio de 2008, se creó el Comité en materia de política del ccTLD, el cual tiene a su cargo brindar acompañamiento y asesoría al Ministro en los temas que se desarrollen en cumplimiento del modelo operativo adoptado para la administración del dominio .co.

Que mediante Resolución 147 del 7 de marzo de 2011, se modificó el artículo 2o de la Resolución 1250 del 16 de junio de 2008, con el fin de que el Comité en materia de política del ccTLD ofrezca un acompañamiento dinámico y proactivo al Ministerio en los temas que se desarrollen en cumplimiento del modelo operativo adoptado para la administración del dominio .co y en tal sentido se modificó la integración del mismo.

Que mediante Decreto 2618 del 17 de diciembre de 2012, fue modificada la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones con miras a incrementar la efectividad de la entidad en lo que se refiere al diseño y formulación de políticas que coordinen y estandaricen acciones de implementación y uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones en el Gobierno nacional y la gestión de las tecnologías de la información en la industria.

Que en virtud del mismo Decreto 2618 del 17 de diciembre de 2012, la función consistente en liderar la formulación de las políticas de administración, mantenimiento y desarrollo del nombre de los dominios de Internet bajo el código del país correspondiente a Colombia, fue asignada al Viceministerio de Tecnologías y Sistemas de la Información, específicamente a la Dirección de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la información, siendo necesario efectuar los ajustes correspondientes en relación con la integración del Comité en materia de política del ccTLD .co.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 3278 de 2018> Modificar el artículo 2o de la resolución 1250 de 2008, modificado a su vez por el artículo 1o de la resolución 147 de 2011, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 1o. El Comité en materia de política del ccTLD .co, estará integrado por:

1. El Viceministro de Tecnologías y Sistemas de la Información o su delegado.

2. El Director de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información.

3. El Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

El Comité será presidido por el Viceministro de Tecnologías y Sistemas de la Información y las Comunicaciones o su delegado, según sea el caso y la Secretaría Técnica de dicho Comité la ejercerá la Dirección de Políticas y Desarrollo de Tecnologías de la Información.

Se reunirá por lo menos, una vez por semestre, para asegurar que la política del dominio está ajustada a las prácticas internacionales en la materia.

PARÁGRAFO. El Comité podrá invitar a sus sesiones a las personas que por su especial conocimiento puedan opinar frente a los temas de política del ccTLD .co.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 5 de la Resolución 3278 de 2018> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el artículo 1o de la Resolución 147 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de julio de 2013.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

DIEGO ERNESTO MOLANO VEGA.

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