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RESOLUCIÓN 00594 DE 2025

(febrero 21)

Diario Oficial No. 53.043 de 27 de febrero de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 28 de febrero de 2025

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se ordena la emisión filatélica “Conmemoración de los primeros 50 años de fundación del Colegio Cafam, Bogotá.

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…), el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S.

En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de “(...) y evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro”.

Por medio de la comunicación radicada bajo el número 231077507 del 12 de octubre de 2023, el señor Fernando Barrero Chaves, en calidad de Director Cultura, Relaciones Públicas y Medios, solicitó a este Ministerio, considerar la autorización de una emisión filatélica conmemorativa de los primeros 50 años del Colegio Cafam, en Bogotá, como reconocimiento a la labor y trayectoria académica de la Institución en la formación integral y de crecimiento continuo de la sociedad.

Mediante oficio radicado el 11 de julio de 2024, bajo el número 242079815, la Subdirectora de Asuntos Postales (e) de este Ministerio, expidió concepto favorable en relación con la solicitud de la emisión filatélica propuesta y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que “(...) las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, cultural, social o político y considerando la labor educativa del Colegio Cafam, se recomienda que a través de una emisión filatélica se conmemoren sus primeros 50 años de fundación y se brinde reconocimiento a una institución que ha contribuido al fomento de la información, la educación y el conocimiento de la sociedad…”

Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los primeros 50 años de fundación del Colegio Cafam, Bogotá”.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión filatélica denominada “Conmemoración de los primeros 50 años de fundación del Colegio Cafam, Bogotá”.

ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de la estampilla de que trata el artículo 1o de esta resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia 2025, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.

ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S.A.S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.

ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El Ministerio a través de la Subdirección de Asuntos Postales comunicará el presente acto administrativo al señor Fernando Barrero Chaves, Director Cultura, Relaciones Públicas y Medios del Colegio Cafam y al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S.A.S.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de febrero de 2025.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (e),

Belfor Fabio García Henao

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