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CONCEPTO 522511 DE 2023

(octubre 10)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

Rad. 2023815250 Cod. 2000 Bogotá D.C.

Radicación: 2023522511

Fecha: 10/10/2023 4:15:49 P. M.

REF: Derecho de petición - Consulta sobre obligaciones regulatorias.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación bajo el número de radicado 2023815250, mediante la cual realiza una consulta relacionada con cumplimiento de obligaciones regulatorias.

Antes de referirnos a su consulta, debe aclararse que la CRC, al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo- CPACA, y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico vigente, en particular, lo previsto en la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019 y la legislación complementaria.

De este modo, se debe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos hacen referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta.

En esta línea, en su comunicación describe un modelo de negocio y plantea una serie de situaciones e interrogantes derivadas de este, como lo son i) las obligaciones regulatorias que se deben cumplir y ii) si el modelo de negocio es viable bajo la regulación actual de telecomunicaciones. Bajo este contexto y como se indicó en el aparte anterior, los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular como la puesta de presente en su comunicación, motivo por el cual esta entidad no puede pronunciarse de manera específica frente a sus interrogantes.

Sin perjuicio de lo anterior, la regulación no contempla o regula modelos de negocio, y como tal no los restringe, siempre y cuando estos se encuentren dentro del marco legal y cumpla con todas las disposiciones normativas. En este sentido, frente regulación aplicable lo invitamos a consultar la Resolución CRC 5050 de 2016(1), donde se encuentra compilada toda la regulación de carácter generar que deben cumplir los proveedores de redes y servicios dependiendo el tipo de servicio de comunicaciones que sea prestado a los usuarios. De manera particular en el Titulo II se encuentran las disposiciones de protección de los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones.

La Resolución CRC 5050 de 2016 puede ser consultada siguiendo el enlace:

https://normograma.info/crc/docs/resolucion crc 5050 2016.htm

En los anteriores términos damos respuesta a su comunicación, y quedamos atentos a cualquier inquietud adicional que tenga.

Cordial Saludo

MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO

Coordinadora de Relacionamiento con Agentes

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Por la cual de compilan las Resoluciones de Carácter General vigentes expedidas por la Comisión de Regulación Comunicaciones

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