RESOLUCIÓN 04249 DE 2026
(octubre 20)
Diario Oficial No. 53.667 de 23 de octubre de 2026
<Análisis jurídico en proceso>
MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Por la cual se ordena la emisión filatélica Navidad 2026.
LA MINISTRA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y
CONSIDERANDO QUE:
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1o del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, "por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…)", el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S.
En los numerales 6 y 7 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, "por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones", se atribuyen a la Subdirección de Asuntos Postales, las funciones de
"(...) evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro", y "definir e implementar procesos y procedimientos para la emisión y custodia de estampillas que deba emitir el Estado colombiano, bajo la prerrogativa de miembro de la Unión Postal Universal", respectivamente.
La Unión Postal Universal (UPU) fue fundada el 9 de octubre de 1874, es un organismo especializado de las Naciones Unidas para los servicios postales internacionales desde el 1o de julio de 1948. Su función principal consiste en promover y desarrollar la comunicación entre los Estados buscando aumentar el volumen del correo mediante el suministro de productos y servicios postales actualizados, mejorar la calidad del servicio postal, fomentar la colaboración y cooperación internacional en materia postal, entre otros.
Así mismo, el 1o de julio de 1881, el Estado colombiano se adhirió a dicho organismo en virtud de la expedición de la Ley 90 de 1880, la cual autorizó al poder ejecutivo para afiliar al país a la Unión Postal Universal y, en consecuencia, lo facultó igualmente para disponer la emisión de estampillas de correo.
La Unión Postal de las Américas, España y Portugal (UPAEP) fue fundada en el año 1911, como un organismo internacional de carácter intergubernamental, conformado por los gobiernos de 29 países miembros, incluido Colombia, que tiene como finalidad promover la cooperación técnica entre los Operadores Postales de los países miembros.
El Estado Colombiano, como miembro de la Unión Postal Universal y de la Unión Postal de las Américas, España y Portugal, se une a la tradición de los países miembros de realizar anualmente una emisión filatélica con la temática común de "Navidad", la cual se pondrá en circulación de acuerdo con la programación del Operador Postal Oficial.
Mediante oficio radicado bajo el número número 261100930 del 8 de septiembre de 2026, Servicios Postales Nacionales S.A.S. (4-72), en su calidad de Operador Postal Oficial de Colombia, solicitó la expedición de la Resolución que autorice y ordene la emisión postal denominada "Navidad 2026".
Mediante oficio radicado bajo el número 262150404 del 8 de septiembre de 2026, la Subdirección de Asuntos Postales de este Ministerio expidió concepto favorable, y en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que "(...) "En este orden de ideas, y teniendo en cuenta que las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar acontecimientos y expresiones de especial relevancia cultural y social, y considerando la importancia de promover la cultura filatélica, impulsar la difusión y comercialización de los sellos postales y fortalecer la cooperación internacional en materia postal, se estima conveniente que Colombia participe en la emisión temática "Navidad 2026", en concordancia con las recomendaciones formuladas por la UPU y la UPAEP y con la tradición filatélica que el país ha mantenido en el marco de dichos organismos internacionales".
Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica denominada "Navidad 2026".
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Aprobación emisión filatélica. Aprobar la emisión filatélica denominada "Navidad 2026".
ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de la estampilla de que trata el artículo primero de esta Resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia 2026, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.
ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S.A.S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.
ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El MinTIC, a través de la Subdirección de Asuntos Postales, comunicará el presente acto administrativo al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A. S.
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada a 20 de octubre de 2026.
La Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,
Alexandra Falla Zerrate.
Normograma de la Comisión de Regulación de Comunicaciones
n.d.
Última actualización: 30 de octubre de 2026