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RESOLUCIÓN 01850 DE 2025

(abril 29)

Diario Oficial No. 53.105 de 2 de mayo de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 5 de mayo de 2025

MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES

Por la cual se ordena la emisión filatélica Conmemoración del Nonagésimo Aniversario de la Escuela Naval de Cadetes "Almirante Padilla".

EL MINISTRO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial de la que le confiere el artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, y

CONSIDERANDO QUE:

De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 1 del artículo 10 de la Ley 1369 de 2009, "por medio de la cual se establece el régimen de los servicios postales (…)", el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones es la única entidad autorizada para emitir sellos postales con carácter oficial y que para tal efecto puede, entre otras acciones, realizar la promoción, venta y desarrollo comercial de la filatelia a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo, esto es, la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S.

En el numeral 6 del artículo 20 del Decreto número 1064 de 2020, "por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones", se atribuye a la Subdirección de Asuntos Postales la función de "(...) y evaluar las solicitudes de estampillas (…), con el fin de recomendar su emisión al Ministro".

Por medio de la comunicación radicada bajo el número 241108273 del 23 de diciembre de 2024, el señor Gustavo Adolfo Gutiérrez Leones, en calidad de Subdirector encargado de las funciones de la Dirección de la Escuela Naval de Cadetes "Almirante Padilla", con ocasión a los 90 años de servicio, solicitó a este Ministerio, considerar la autorización de una emisión filatélica conmemorativa de este acontecimiento, como reconocimiento a una institución que por su trayectoria y aportes en la formación de los profesionales del sector marítimo, fluvial y portuario de Colombia, merece ser resaltada y permanecer en la memoria postal de nuestro país.

Mediante oficio radicado el 28 de febrero de 2025, bajo el número 252033057, el Subdirector de Asuntos Postales de este Ministerio, expidió concepto favorable en relación con la solicitud de la emisión filatélica propuesta y, en consecuencia, recomendó a este Despacho su aprobación, indicando que "(...) las emisiones filatélicas tienen como objetivo fomentar y contribuir a la cultura, el arte y la historia, así como reconocer y conmemorar aquellos acontecimientos que, por su naturaleza e importancia, revisten valor histórico, documental, técnico, cultural, social o político y considerando la importancia que tiene para el país contribuir a la institucionalidad y fomento de la educación y cultura, se recomienda la aprobación de una emisión filatélica conmemorativa del Nonagésimo Aniversario de la Escuela Naval de Cadetes "Almirante Padilla", con el fin de brindar reconocimiento a una institución que con su labor y aportes contribuye a la defensa, seguridad y desarrollo sostenible del Estado, así como a la educación y conocimiento de la sociedad en general…".

Atendiendo las razones anteriormente expuestas, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones encuentra pertinente ordenar la emisión filatélica denominada "Conmemoración del Nonagésimo Aniversario de la Escuela Naval de Cadetes "Almirante Padilla".

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. APROBACIÓN EMISIÓN FILATÉLICA. Aprobar la emisión filatélica denominada "Conmemoración del Nonagésimo Aniversario de la Escuela Naval de Cadetes "Almirante Padilla".

ARTÍCULO 2o. ORDENAR LA PRODUCCIÓN DE ESTAMPILLA. Ordenar a la sociedad Servicios Postales Nacionales S. A. S., Operador Postal Oficial de Colombia, la producción de la estampilla de que trata el artículo primero de esta resolución, así como de los productos filatélicos relacionados con la misma, dentro de la vigencia 2025, en la cantidad y valor facial que serán determinados de acuerdo con las necesidades del servicio de correo.

ARTÍCULO 3o. CIRCULACIÓN DE ESTAMPILLA. Servicios Postales Nacionales S. A. S., pondrá en marcha los planes de comercialización y consumo necesarios para garantizar la circulación de la estampilla objeto de la emisión, la cual deberá estar disponible en la totalidad de los puntos de venta del Operador Postal Oficial, de manera que se garantice que todos los habitantes de nuestro país tengan acceso a ella.

ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. El Ministerio a través de la Subdirección de Asuntos Postales comunicará el presente acto administrativo al señor Gustavo Adolfo Gutiérrez Leones, Subdirector encargado de las funciones de la Dirección de la Escuela Naval de Cadetes "Almirante Padilla y al Jefe Nacional de Filatelia de Servicios Postales Nacionales S. A. S.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 29 de abril de 2025.

El Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones,

Julián Molina Gómez.

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