RESOLUCIÓN 4506 DE 2014
(mayo 22)
Diario Oficial No. 49.159 de 22 de mayo de 2014
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES
Por la cual se hace una fe de erratas a la Resolución CRC 4444 de 2014.
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES,
en ejercicio de sus facultades legales, especialmente las conferidas por la Ley 1341 de 2009, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:
Que la CRC en ejercicio de sus facultades legales previstas en la Ley 1341 de 2009, en concordancia con lo dispuesto en la Decisión número 638 de la Comunidad Andina, expidió la Resolución CRC 4444 de 2014, “por la cual se prohíbe el establecimiento de cláusulas de permanencia mínima en los servicios de comunicaciones móviles, y se dictan otras disposiciones”.
Que por un error de transcripción, en lugar de hacer referencia al Acta número 297 del 20 marzo de 2014, día en que fue aprobada la Resolución CRC 4444 de 2014, se hizo referencia al Acta número 296 del 5 de marzo de 2014.
Que teniendo en cuenta lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en virtud del cual, en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte se podrán corregir los errores simplemente formales, como son los de transcripción, contenidos en los actos administrativos, se procede a hacer una Fe de Erratas, corrigiendo el error de transcripción al que se hizo mención en el considerando anterior.
Que la presente resolución no requiere someterse a las disposiciones sobre publicidad de proyectos de regulación prevista en el artículo 9o del Decreto número 2696 de 2004, por encontrarse dentro de los supuestos del artículo 1o numeral 3 de la Resolución número CRC 1596 de 2006.
Que la presente resolución fue aprobada en el Comité de Comisionados del 11 de abril de 2014 según consta en Acta número 920 y posteriormente presentada a los Miembros de la Sesión de Comisión el 13 de mayo de 2014 según consta en Acta número 299.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. FE DE ERRATAS. El número de Acta de Sesión de Comisión con su respectiva fecha en la que fue aprobada la Resolución número 4444 de 2014, quedará de la siguiente manera:
S.C. Acta número 297 del 20 de marzo de 2014.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de mayo de 2014.
El Presidente,
DIEGO MOLANO VEGA.
El Director Ejecutivo,
CARLOS PABLO MÁRQUEZ ESCOBAR.