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CONCEPTO 302788 DE 2002

(noviembre 27)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES - CRT

Doctor

XXX

Gerente General

METROTEL

XXX

Barranquilla, Atlantico

ASUNTO: Consulta Regulñación de utilización de postes y ductos

Estimado Doctor

De manera atenta procedo a contestar su carta radicada bajo el numero 302788, en los siguientes terminos:

El operador de telecomunicaciones con base en costos eficientes esta en libertadad de definir el canon de arrendamiento a cada uno de los operadores que soliciten compartir este tipo de infraestructiras civiles para la prestación de servicios de telecomunicaciones. De igual forma cada componente de la formula del calculo del valor de arrendamiento debe estar orientado a costos mas una utilidad razonable.

En consecuencia los valores de arrendamiento que resulten de la aplicación de la formula no pueden estar por encima de los topes establecidos en el articulo 4.2.5.2 de la Resolución 087 de 1997, modificado por la Resolución CRT 532 de 2002.

Finalmente, es preciso recordar que los contratos de arrendamiento de postes y ductos para la prestación de servicios de telecomunicaciones deben garantizar el principio de no discriminación en los terminos del articulo 4.2.5.3 de la Resolución CRT 087 de 1997, (articulo modificado por la Resolución CRT 532 de 2002).

Este concepto fue aprobado en el Comité de Expertos llevado a cabo el 25 de Octubre de 2002 según consta en el acta 324.

Cordialmente,

CATALINA DIAZ GRANADOS T.

Coordinadora de Mercadeo

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