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CONCEPTO 200550662 DE 2005

(abril 20)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES - CRT

Señores

XXXXXX

Subgerente Administrativo

XXXXXX

Calle xxxxxx

Yopal

Respetado Señor Vega:

En relación con la comunicación por usted remitida al Ministerio de Comunicaciones en el mes de marzo pasado, informando sobre la utilización de numeración IXY y numeración geográfica para la atención telefónica de los usuarios de su entidad, le agradecemos su interés en hacernos conocer sobre dicha numeración.

Tal como se estableció en el Anexo 010 Resolución CRT 644 de 2003, el número 137 está destinado al servicio de Información Hospitalaria, tal como su entidad lo viene utilizando, número que está clasificado en la modalidad 3, de las definidas por el Decreto 25 de 2002 de la siguiente manera:

ARTÍCULO 29.- Numeración de servicios semiautomáticos y especiales (marcación IXY). La numeración para los servicios semiautomáticos y especiales de afanado es de estructura IXY, donde 'X" y "Y" pueden tomar como valor cualquier dígito entre 0 y 9. Esta numeración es de carácter nacional y de acceso universal, de manera que su acceso debe ser posible desde cualquier parte del territorio nacional, por consiguiente es obligación de todos los operadores adoptarla. Esta numeración no está destinada al uso comercial. Dentro de este esquema se diferencian las siguientes modalidades:

1. Llamadas que no representan ningún costo para el abonado ni para la entidad prestadora del servicio y, por lo tanto, los costos deben ser asumidos por el operador. Su numeración es de carácter nacional. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios de urgencias tales como Policía, Bomberos y Ambulancia.

2. Llamadas sufragadas por el prestador del servicio sin costo para el usuario. Su numeración está normalizada para todo el territorio nacional pero su asignación y uso es de carácter local. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios prestados por los operadores a sus usuarios.

La numeración IXY utilizada para la prestación de servicios por operadores de larga distancia es de carácter nacional. Para los servicios semiautomáticos de larga distancia, la X" corresponde al código del operador de TPBCLD que hace parte del prefijo interurbano e internacional y la "Y" al tipo de servicio.

3. Llamadas con costo al usuario equivalente a la tarifa local, minuto al aire o su equivalente según el tipo de servicio. Su numeración es de carácter nacional, es propia de servicios de interés social que por su naturaleza estén adscritos a una entidad de orden nacional. Las empresas que presten servicios en esta modalidad deben cubrir los costos de transporte a que den lugar estas llamadas y, en general, podrán optar por cubrir todos los costos de las llamadas.

4. Llamadas con tarifa especial al usuario para los servicios de información telefónica. Su numeración está normalizada para todo el territorio nacional pero su asignación y uso es de carácter local para operadores de telecomunicaciones. La información que se podrá suministrar por estos servicios será definida por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.

Se entiende que esta numeración cubre la necesidad de prestar algunos servicios de interés social que por su naturaleza exijan facilidades de recordación y marcación al usuario, por lo tanto no se entienden asignada a ningún operador ni empresa prestadora de un determinado servicio. Esta numeración debe ser compartida entre varias entidades cuando éstas presten el mismo servicio para el cual fue asignado el número. Para la prestación de servicios con tarifa especial al usuario y, en general, servicios comerciales, se debe usar la numeración de servicios. (...)" (negrillas fuera de texto).

Por último es importante mencionar que debido a la naturaleza misma de la numeración 1XY, utilizada para la prestación de servicios semiautomáticos y especiales, esta numeración no se entiende asignada a ninguna empresa u operador específico, sino a la prestación de un servicio y puede llegar a ser requerida por alguna otra entidad del mismo ámbito que desee prestar servicios similares a los que en este momento son prestados por su entidad: "Cuando varias entidades presten el mismo servicio y deban utilizar el mismo número IXY, este número debe ser compartido a través de los medios técnicos idóneos" (Resolución CRT 644 de 2002).

Cordialmente,

CATALINA DÍAZ GRANADOS

Coordinadora de Mercadeo

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