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CONCEPTO 31011 DE 2003

(abril 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES - CRT

Señor

XXX

Gerente Técnico

ASTS

Transversal XXX

Fax. XXX

Bogotá

Asunto: Plan Nacional de Numeración

Estimado señor:

La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones (CRT) acusa recibo de la comunicación de la referencia. Con miras a dar respuesta satisfactoria a su solicitud es preciso hacer las algunas aclaraciones:

En enero del año 2002, y después de más de dos años de desarrollo y trabajo conjunto con el sector, el Ministerio de Comunicaciones expidió el Decreto de Planes Técnicos Básicos, por el cual se adopta el Nuevo Plan de Numeración-PNN y Marcación.

Dicho Plan se ejecutaría en tres fases tal y corno lo define el artículo 41 del mencionado decreto:

"Artículo 41. Objeto del plan de migración. El plan de migración se establece para coordinar los esfuerzos del sector de telecomunicaciones de manera que se efectúe una transición a los Planes Técnicos Básicos contenidos en el presente decreto, de tal forma que se lleve a cabo de manera paulatina y sin traumatismos para la red, asegurando la continuidad en la prestación de los servicios de telecomunicaciones a los usuarios. Los operadores de telecomunicaciones deberán asegurar en la transición, la adecuada y continua prestación del servicio de telecomunicaciones a sus usuarios y la comunicación con otros operadores. Para llevar a cabo la transición entre los Planes Técnicos Básicos, el plan de migración define tres periodos de cambio: preparación, coexistencia y establecimiento".

Con posterioridad, se llevaron a cabo reuniones con los operadores de servicios móviles y fijos con el fin de coordinar las campañas de publicidad e información al público acerca del nuevo plan de marcación. Dado lo anterior, el llamado periodo de preparación que se extendería por cerca de seis meses, desde el 11 de enero hasta el 1o de junio de 2002, los operadores llevaron a cabo las adecuaciones necesarias en sus centrales y las acciones tendientes a informar al público sobre los cambios realizados.

Por otra parte, por espacio de 2 meses, entre el 1 de junio y el 31 de julio de 2002, se implantó un período de coexistencia en la marcación a redes no geográficas, dentro de las cuales se encuentra la red de Telefonía Móvil Celular-TMC, en donde los usuarios de teléfonos fijos podían marcar hacia números celulares con el antiguo sistema de marcación (033- XXXXXXXX) y el nuevo sistema contenido en el Decreto 25 de 2002 (03-310/315 – XXXXXXX), alternativamente.

Finalmente, por espacio de dos meses, entre el 1 de Agosto al 30 de septiembre de 2002, entró en vigencia el período de establecimiento del Plan Nacional de Numeración y Marcación hacia números celulares.

Por último, en cuanto al cambio de la numeración geográfica. el decreto establece que para el 1 de abril de 2004 la red debe estar en capacidad técnica y logística de soportar lo que corresponde a la numeración geográfica de acuerdo al Plan Nacional de Numeración y Plan Nacional de Marcación del presente Decreto.

Los términos del período de coexistencia que tiene una duración de tres meses, se extienden desde el I de abril del 2004 hasta el 30 de junio de 2004 y los términos del periodo de establecimiento que tiene una duración de dos meses, se extienden desde el 1 de julio de 2004 hasta el 31 de agosto de 2004.

En caso que esta información no resulte suficiente para la comprensión del actual Plan de Numeración con gusto responderemos las consultas que puntualmente nos remita en relación con la norma citada, pero desafortunadamente no disponemos actualmente de recurso humano disponible para atender su solicitud de una presentación. Para su información se adjunta copia de una presentación del PNN que fue preparada con motivo de la expedición del Decreto 25 de 2002.

Espero encuentre esta información de utilidad

Atentamente,

CLAUDIA XIMENA BUSTAMANTE OSORIO

COORDINADORA DE MERCADEO (E)

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