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CONCEPTO 11304 DE 2009

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES

Bogotá,

Señor

XXXXXX

Email: xxxxx.xxxxx@xxxxx.xx

Respetado Señor Montor:

La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones -CRT- ha recibido su comunicación con radicación 011304, en la cual solicita información acerca del proceso de homologación de equipos ante esta Entidad.

Al respecto de su consulta, a continuación respondo cada una de sus inquietudes:

1. ¿Se exige la homologación para:

(a) módem analógico?

(b) Máquina de fax?

(c) Equipo de RDSI?

(d) 2,4 GHz o 5 GHz WLAN ?

(e) equipos Bluetooth?

(f), Equipos GSM / GPRS ?

(g) Equipo 3G/UMTS ?

(h) Equipo 13,56 MHz RFID ?

En el Artículo 13.1.2.5 de la Resolución CRT 087 de 1997, se establece la homologación de terminales de telecomunicaciones únicamente para los teléfonos fijos de mesa y pared, terminales de telefonía celular, terminales PCS y terminales de sistemas satelitales globales. Para la conexión a la red del Estado de equipos distintos a los aparatos telefónicos antes mencionados, tales como equipos de transmisión de datos, no se requiere surtir el procedimiento de homologación de equipos ante la CRT.

2. ¿Puede describir brevemente el procedimiento de homologación?

El procedimiento detallado para cada tipo de terminal está contenido en la Circular CRT 060 de 2007, en la cual se establece que se debe cumplir con lo siguiente:

1. Presentar la solicitud de homologación a través del formato definido para tal fin, disponible en la sección de Trámites del SIUST (www.siust.gov.co).

2. Presentar la declaración de responsabilidad, por medio de la cual el peticionario se responsabiliza de la autenticidad de los documentos que acreditan el cumplimiento de las normas técnicas aplicables al terminal a homologar. Ver anexo 2 de la Circular CRT 060 de 2007.

3. Presentar la documentación específica aplicable al tipo de terminal a homologar, la cual se explica en la Circular.

3. ¿Se exige en el país las pruebas de los productos mencionados?

En caso afirmativo, ¿cuántas muestras necesita tener?

Se exigen certificados de conformidad de las normas técnicas aplicable al tipo de terminal a homologar. En la Tabla No. 2 de la Circular CRT 060 de 2007 se especifican las normas para cada tipo de terminal.

5. Exigen algún estándar del país o aceptan estándares de la FCC o su similar Europeo CE? De no ser así cual es el estándar que manejan en el país?

En la Tabla No. 2 de la Circular CRT 060 de 2007 se especifican las normas para cada tipo de terminal.

6. La solicitud debe ser presentada por una empresa local o se puede presentar desde el extranjero?

La solicitud es presentada vía web, a través de la sección de Trámites del SIUST (www.siust.gov.co).

7. ¿Hay algún requisito especial para etiquetar los productos? En caso afirmativo, me podría proporcionar un ejemplo ?

El artículo 19 de la Resolución CRT 1732 de 2007, establece que toda persona que venda o distribuya terminales móviles, debe incluir dentro de la información impresa que se entrega al usuario, en hoja separada de color que resalte y con una letra de tamaño no inferior a tres (3) milímetros, la siguiente información:

"La siguiente información se entrega de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Resolución 1732 de 2007 de la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.

Recomendaciones de uso:

1. Utilice siempre que pueda dispositivos manos libres.

2. Evite utilizar el equipo mientras conduce un vehículo automotor.

3. En caso que el teléfono sea utilizado por niños, ancianos, mujeres embarazadas y población inmunocomprometida, consulte a su médico y el manual del equipo.

4. Si usted utiliza algún dispositivo electrónico de uso médico, asegúrese que el mismo esté protegido contra las ondas de radiofrecuencia externas.

5. Apague su teléfono en lugares tales como: hospitales, centros de salud, aviones, estaciones de suministro de combustible, en presencia de gases explosivos y lugares donde se realizan explosiones.

6. Evite que terceros hagan uso de su teléfono para prevenir la implantación de dispositivos como programas espías (spyware) o identificadores ocultos, que atentan contra la seguridad de la información contenida en el mismo.

Si desea mayor información visite la página web de la CRT: http://www.comusuarios.gov.co".

8. ¿Cuál es el tiempo necesario para obtener la aprobación, después de presentar la solicitud?

El trámite puede durar 15 días hábiles o menos, a partir del momento en que se reciba la solicitud y que la misma cumpla con todos los requisitos.

9. ¿Cuanto es el costo aproximado o exacto por homologación de equipo?

Únicamente tiene costo la homologación de terminales móviles, por un valor de diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, cancelados a favor del Fondo de Comunicaciones. Para el año 2009, el valor de la homologación de un terminal móvil es de $ 4.969.000 pesos colombianos.

10. ¿Cuáles son los requisitos de documentación para el paquete de solicitud?

Dependen del tipo de terminal a homologar, y son explicados en la Circular CRT 060 de 2007.

11. ¿Hay limitaciones de potencia o espectro de 2,4 GHz o 5 GHz WLAN equipo?

El espectro electromagnético es gestionado, administrado y controlado por el Ministerio de Comunicaciones de conformidad con las leyes vigentes, con excepción del espectro electromagnético atribuido al servicio de TV cuya administración corresponde a la Comisión Nacional de Televisión CNTV, en coordinación con el Ministerio de Comunicaciones. Por lo anterior, le sugiero realizar esta consulta a dicho ministerio.

De la anterior forma doy respuesta a su consulta y quedo atento a cualquier aclaración que requiera. Por último le solicitamos amablemente se sirva diligenciar la encuesta de satisfacción adjunta y enviarla al correo: atencioncliente@crt.gov.co, la información es muy valiosa para la CRT ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención.

Cordialmente,

JUAN PABLO HERNÁNDEZ MARCENARO

Coordinador de Atención al Cliente y Relaciones Externas

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