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CONCEPTO 541865 DE 2017

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

Señor

EDUARDO GIRALDO PATIÑO

Jefe Técnico

EMPRESA DE RECURSOS TECNOLOGICOS ESP

Dirección: Av. 2bn No. 23N-47, edificio Estación de ferrocarril

Teléfono: 6202020

Cali- Valle del Cauca

REF: consulta - manejo de enrutamientos de números 1XY.

Respetado Señor Giraldo,

La Comisión de Regulación de Comunicaciones – CRC - acusa recibo de la comunicación radicada internamente bajo el número 201730349, por medio de la cual tiene una consulta en relación con el manejo de las llamadas a números de emergencia.

En principio le recordamos que las condiciones de este servicio se encuentran contenidas en el Artículo 2.2.12.2.1.14 del Decreto 1078 del 2015, y su distribución se encuentra en la Matriz de Numeración de servicios semiautomáticos y especiales – 1XY, definida en el Anexo 6.3 de la Resolución CRC 5050 de 2016 la cual puede consultar accediendo a este enlace: https://www.crcom.gov.co/resoluciones/Compilada_2016_11_11.pdf

Ahora bien, dentro de Artículo 2.2.12.2.1.14 del Decreto 1078 del 2015, establece que la Numeración de servicios semiautomáticos y especiales – 1XY “es de carácter nacional y de acceso universal, de manera que su acceso debe ser posible desde cualquier parte del territorio nacional, por consiguiente, es obligación de todos los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones adoptarla. Esta numeración no está destinada al uso comercial”. El mismo artículo establece que “[s]e entiende que esta numeración cubre la necesidad de prestar algunos servicios de interés social que por su naturaleza exijan facilidades de recordación y marcación al usuario, por lo tanto no se entienden asignada a ningún operador ni empresa prestadora de un determinado servicio. Esta numeración debe ser compartida entre varias entidades cuando estas presten el mismo servicio para el cual fue asignado el número”.

Así mismo en el artículo mencionado se define la Modalidad 1 como Llamadas que no representan ningún costo para el abonado ni para la entidad prestadora del servicio y, por lo tanto, los costos deben ser asumidos por el operador. Su numeración es de carácter nacional. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios de urgencias tales como Policía, Bomberos y Ambulancia.

A partir de lo antes expuesto, teniendo en cuenta que la Modalidad 1 es estrictamente para atender emergencias, es deber de los proveedores tanto hacer los correspondientes enrutamientos, de acuerdo con las necesidades de las diferentes entidades que atienden emergencias en el país, como asumir el costo que impliquen dichos enrutamientos.

Ahora bien, el proveedor está en plena potestad de elegir el mecanismo y/o las rutas de interconexión para el transporte que crea más adecuado para realizar los enrutamientos de los números de emergencia, es decir de los números 1XY que se encuentran definidos dentro de la modalidad 1.

Por otro lado, es de recordar que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 6.1.7.6 las diferentes entidades u operadores a cargo de la prestación de servicios a través de líneas 1XY son los responsables de garantizar la adecuada atención de las mismas, de acuerdo con la finalidad asignada a dichas líneas.

En línea con lo anterior y en atención a sus interrogantes, es de mencionar que es responsabilidad de ERT que las llamadas que realizan los usuarios a las líneas de atención de emergencias se entreguen correctamente al destino asumiendo los costos de transporte de éstas.

Adicionalmente, para su conocimiento consideramos pertinente describir las otras tres modalidades de la Numeración de servicios semiautomáticos y especiales-1XY:

· Modalidad 2. Llamadas sufragadas por el prestador del servicio sin costo para el usuario. Su numeración está normalizada para todo el territorio nacional pero su asignación y uso es de carácter local. Dentro de esta modalidad se encuentran los servicios prestados por los operadores a sus usuarios.

· Modalidad 3. Llamadas con costo al usuario equivalente a la tarifa local, minuto al aire o su equivalente según el tipo de servicio. Su numeración es de carácter nacional, es propia de servicios de interés social que por su naturaleza estén adscritos a una entidad de orden nacional. Las empresas que presten servicios en esta modalidad deben cubrir los costos de transporte a que den lugar estas llamadas y, en general, podrán optar por cubrir todos los costos de las llamadas.

· Modalidad 4. Llamadas con tarifa especial al usuario para los servicios de información telefónica. Su numeración está normalizada para todo el territorio nacional pero su asignación y uso es de carácter local para operadores de telecomunicaciones. La información que se podrá suministrar por estos servicios será definida por la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.

Finalmente, en caso de tener alguna inquietud sobre el particular, le agradecemos comunicarse a la línea de Atención al Cliente de la CRC, al número 3198314, ubicado en la ciudad de Bogotá.

Cordial saludo,

MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO

Coordinadora de Relacionamiento con Agentes

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