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CONCEPTO 523183 DE 2022

(septiembre 15)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

REF.: RESPUESTA A COMUNICACIÓN CON ASUNTO - “CARTA DE SOLICITUD”

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación radicada internamente bajo el número 2022813750, mediante la cual presentó algunas inquietudes respecto a la asignación de “numeración”.

Antes de referirnos a su consulta, debe aclararse que la CRC, al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA, y según las competencias y facultades que le han sido otorgadas por el ordenamiento jurídico vigente, en particular, lo previsto en la Ley 1341 de 2009, modificada por la Ley 1978 de 2019.

De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá las consecuencias que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas. Al respecto, se debe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos hacen referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta.

Ahora bien, frente a su solicitud, se procede a dar respuesta a cada una de las inquietudes planteadas en los siguientes términos:

PREGUNTA 1:” [¿] Cuál es el coste que supone la obtención de una numeración?

RESPUESTA:

En relación con este punto, sea lo primero señalar que a efectos de solicitar la asignación de recursos de identificación administrados por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), debe estar registrado en la plataforma “Tramites CRC”. El registro y solicitud de asignación de recursos de identificación no tiene un ningún costo asociado para la organización que lo requiera. Es un trámite gratuito.

Sin embargo, se deben adelantar las gestiones necesarias para cumplir con el lleno de los requisitos establecidos para los recursos de identificación entre otros - Numeración E.164-, por lo que le invitamos a contactar a la Mesa de Servicio Sectorial del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - MinTIC, quienes administran el Sistema de Información - SIUST, esto a través de la línea telefónica en Bogotá (601) 344 34 60 Opción 1 Extensiones 3325 - 3215 o correo electrónico mesadeserviciosectorial@mintic.gov.co, y en consecuencia, consultar y/o gestionar con dicha entidad lo de su competencia.

PREGUNTA 2:” [¿]Cuáles son las tasas anuales (por la numeración, la prestación de servicios)?

En relación con este punto, sea lo primero señalar que la CRC, mediante la Resolución CRC 6467 de 2021 estableció la tarifa de contribución que estará vigente para el año 2022 para todos aquellos proveedores sometidos a la regulación de la Comisión. Así mismo, estipuló el procedimiento para la liquidación y pago de contribución correspondiente al año 2022 -entre otras disposiciones-. (véase Anexo)

Aunado a lo anterior, es importante señalar que en caso de inquietudes respecto al proceso de contribución puede contactarse: Línea de Atención al Cliente en Bogotá: 601 319 8300 opción 4; Línea Gratuita Nacional: 01 8000 9192 78 y de igual forma, a través del Correo Electrónico: contribucion@crcom.gov.co.

PREGUNTA 3 “[S]i existe alguna otra tasa que debamos conocer, le rogamos que nos lo comunique”

En relación con este punto, remitirse a las dos respuestas anteriores de este documento.

En los anteriores términos damos respuesta a su comunicación.

Cordial Saludo,

MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO

Coordinadora de Relacionamiento con Agentes

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