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CONCEPTO 517843 DE 2020

(septiembre 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

REF. EQUIPOS PARA INSPECCIÓN RITEL

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con el número de radicado arriba anunciado, mediante la cual solicita información relacionada con las especificaciones de los equipos de medición para inspecciones del Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones – RITEL.

Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versan su consulta, en este caso, sobre el alcance del Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones -RITEL, y cuyo contenido se encuentra compilado en el Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016.

Respecto a su consulta, le informamos que el reglamento RITEL, en consonancia con el principio de neutralidad tecnológica dispuesto en el numeral 6 artículo 2 de la Ley 1341 de 2009, no contempla especificaciones técnicas para los equipos de medición para inspecciones de la infraestructura soporte y la red de acceso para el servicio de Televisión Digital Terrestre (TDT).

Sin embargo, el organismo de inspección hará uso de los dispositivos que considere necesarios para llevar a cabo de forma idónea la inspección que dicta el reglamento en cuestión. Dichos equipos deberán estar calibrados (según sea el caso) y con su debido mantenimiento, de tal manera que, garantice su buen funcionamiento y permita a su portador recolectar la información necesaria para el óptimo diligenciamiento de los formatos dispuestos en Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016, para posteriormente emitir el certificado de inspección correspondiente.

Por último, le invitamos a consultar el micrositio web exclusivo para apoyar la implementación del Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones -RITEL- donde encontrará toda la información actualizada, recursos de apoyo y material de aprendizaje. Para acceder al micrositio favor use el siguiente enlace:

https://www.crcom.gov.co/es/pagina/implementacion-reglamento-redes-internas-telecomunicaciones En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.

Cordial saludo,

MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO

Coordinadora de Relacionamiento de Agentes

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