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CONCEPTO 509758 DE 2020

(mayo 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES

XXXXXXXXXXXXXXX

REF. RESPUESTA A CONSULTA RITEL - CAJAS DE PASO

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), recibió su comunicación con el número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual presenta una propuesta relacionada con las cajas de paso y su uso en la infraestructura soporte tomando como base lo estipulado en el numeral de 2.2.12 de la Resolución CRC 5405 de 2018 (Reglamento Técnico de Redes Internas de Telecomunicaciones - RITEL), compilada en el Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016.

Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versan su consulta, en este caso sobre el alcance del Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016.

Por lo que se refiere a su solicitud, le informamos que ulterior a la expedición de la Resolución CRC 5405 de 2018, esta Comisión inició un proceso de capacitación y divulgación dirigido a los diferentes grupos de valor que participaron en el diseño de la norma, así como a diferentes entidades que de alguna u otra forma son las encargadas de la implementación de la medida regulatoria.

En los mencionados espacios de trabajo la CRC evidenció la pertinencia de realizar algunas precisiones a la Resolución CRC 5405 de 2018, -actualmente compilada en el Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016- en aras de generar claridad respecto de su alcance, su implementación y su cumplimiento; razón por la cual se adelantó el desarrollo del proceso regulatorio de carácter general en los términos dispuestos en el Decreto 1078 de 2015.

De manera que, la CRC publicó el 23 de diciembre de 2019 el proyecto regulatorio “Por el cual se modifican algunas disposiciones del Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones”, junto con su respectivo documento soporte, frente a lo cual se recibieron comentarios hasta el 24 de enero de 2020, en los términos previstos en el 2.2..3.2 del Decreto 1078 de 2015.

Dicho lo anterior, frente a su consulta, debe tener en cuenta que su propuesta se recibe en términos extemporáneos.

De igual manera, es de mencionar que su propuesta, desborda el objeto del mencionado proyecto regulatorio, el cual atiende a precisar aquellos apartes del RITEL, que permitan generar claridad respecto de su espíritu y alcance, sin llevar a cabo modificaciones de fondo que ameriten el desarrollo de un nuevo Análisis de Impacto Normativo.

Sin perjuicio de lo anterior, la CRC, de considerarlo pertinente, podrá revisar a futuro dicha propuesta, atendiendo al artículo 8.2.1.4 de la Resolución CRC 5050 de 2016, el cual dispone que “El Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones será revisado por la Comisión de Regulación de Comunicaciones como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de su entrada en vigencia. Los interesados podrán solicitar esta revisión antes de cumplirse el periodo mencionado, siempre y cuando demuestren fundada y razonablemente a la CRC la necesidad de realizar dicha revisión”.

Por último, si desea consultar la información soporte y demás documentación publicada por esta Comisión con ocasión de la expedición de la Resolución 5405 de 2018, actualmente compilada en el Anexo 8.1 del Título de Anexos de la Resolución CRC 5050 de 2016, lo puede llevar a cabo a través del siguiente enlace:

https://www.crcom.gov.co/es/pagina/ritel

En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.

Cordial saludo,

Mariana Sarmiento Arguello

Coordinadora de Relacionamiento con Agentes

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