CONCEPTO 13720 DE 2010
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE TELECOMUNICACIONES
Bogotá,
Señor
XXXXXXX
Vicepresidencia de Regulación y Negocios con Operadores
XXXXXXXX
Carrera xxxxxxxx
Teléfono: + xxxxxxxxx
Bogotá D.C. - Colombia
Correo-e: xxxxxxxxxx
REF: Enrutamiento de numeración 1XY
Respetado Señor Castañeda,
La Comisión de Regulación de Comunicaciones –CRC- acusa recibo de su comunicación radicada internamente en esta Entidad bajo el número 013720, en la cual nos consulta sobre una solicitud de enrutamiento del número 1XY 100.
En relación con su cuestionamiento relacionado con si el número 1XY 100 pertenece al DNP o a MINTIC, vale la pena recordar que el Decreto 25 de 2002 en su artículo 29 establece lo siguiente:
Se entiende que esta numeración cubre la necesidad de prestar algunos servicios de interés social que por su naturaleza exijan facilidades de recordación y marcación al usuario, por lo tanto no se entienden asignada a ningún operador ni empresa prestadora de un determinado servicio. Esta numeración debe ser compartida entre varias entidades cuando estas presten el mismo servicio para el cual fue asignado el número. Para la prestación de servicios con tarifa especial al usuario y, en general, servicios comerciales, se debe usar la numeración de servicios.
En ese sentido, si bien la solicitud del número 100 fue realizada a la Comisión por el DNP junto con el programa de Gobierno en Línea del Ministerio de TIC, dicho número fue asignado por la CRC para que se prestara un servicio de interés social que por su naturaleza estuviera adscrito a una entidad de orden nacional y no para que lo usara exclusivamente una entidad, por ese motivo no existe ningún inconveniente en que el programa de Gobierno en Línea de MinTic haga uso de esa línea, o cualquier otra entidad de orden nacional, mientras cubra la razón social para la cual fue asignado dicho número.
Por otro lado, con relación al supuesto desconocimiento por parte del programa de Gobierno en Línea de su deber de cubrir los costos de transporte a que den lugar estas llamadas, es importante reiterar lo dicho en la anterior comunicación:
Por otro lado, en cuanto al supuesto desconocimiento por parte del DNP sobre los costos de transporte asociados al enrutamiento de la línea 100, nos permitimos adjuntarle unas comunicaciones cursadas entre el DNP y la CRC en las que particularmente debe resaltarse que en la comunicación de radicado 200931426 el mismo DNP solicita la asignación de un número de modalidad 3 consciente de los costos que esto le podría ocasionar, aspecto que fue tenido en cuenta dentro de los respectivos análisis de conveniencia y necesidad previos a la asignación de dicho número en la matriz.
Finalmente, se adjuntan nuevamente las comunicaciones anunciadas en el correo anterior.
Le solicitamos amablemente se sirva diligenciar la encuesta de satisfacción adjunta y enviarla al correo: atencioncliente@crcom.gov.co. La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención.
En los anteriores términos damos respuesta a su consulta y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requiera.
Cordial saludo,
MARIANA SARMIENTO ARGüELLO
Coordinadora de Atención al Cliente y Relaciones Externas