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LÍNEA DECISIONAL CRC RESOLUCIÓN 8026 DE 2025

Tema: Interconexión

Subtema: Reglas de dimensionamiento en la regulación vigente

Resolución CRC 8026 del 13/11/2025 “Por la cual se resuelve la solicitud de solución de controversias presentada por SISTEMAS SATELITALES DE COLOMBIA S.A. E.S.P. respecto de COLOMBIA MOVIL S.A. E.S.P.”

(…)

3.2.1.1. Las reglas de dimensionamiento en la regulación vigente

Por medio del dimensionamiento, los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones (PRST) pueden determinar la cantidad de recursos que se requieren para responder a las necesidades de tráfico de cada interconexión. En ese sentido, el artículo 4.3.2.15 de la Resolución CRC 5050 de 2016, modificado por el artículo 19 de la Resolución CRC 6522 de 2022, a partir de la aplicación de la fórmula de Erlang B y de las recomendaciones de la UIT (especialmente las recomendaciones UIT-T E.492 y E.500), estableció la metodología de dimensionamiento eficiente de las interconexiones, así:

«ARTÍCULO 4.3.2.15. REGLAS DE DIMENSIONAMIENTO EFICIENTE DE LA INTERCONEXIÓN. La capacidad de la interconexión debe responder en todo momento a las necesidades de tráfico de los proveedores interconectados. Para efectos del dimensionamiento eficiente de las interconexiones, los proveedores a través del Comité Mixto de Interconexión (CMI) deberán aplicar la siguiente metodología:

a. Identificación y análisis de tráfico de carga elevada y normal mensual, de cada una de las rutas de interconexión activas, para los doce (12) meses previos, valor representativo anual, conocido por su sigla en inglés (YRV), de que trata la Recomendación UIT-T E.492 y E.500.

b. Utilización del Grado de Servicio del 1% de bloqueo medio para la hora de mayor tráfico, o aquel más exigente que hayan acordado las partes.

c. Aplicación de la fórmula de Erlang B utilizando los datos anteriores, para determinar el número de enlaces requeridos en cada ruta. En el caso de evidenciarse una tendencia decreciente del tráfico de una ruta se utilizará para el cálculo de enlaces el dato de tráfico de carga normal en lugar del tráfico de carga elevada.

Teniendo en cuenta lo anterior, salvo que se acuerde algo distinto, los proveedores deberán analizar por lo menos mensualmente el comportamiento de la interconexión, para efectos de identificar la necesidad de incorporar o no ajustes en la misma, considerando la siguiente metodología y criterios, de lo cual deberá quedar constancia por escrito, a través de medios físicos o digitales:

a) Previo a la realización del CMI, cada PRST analizará el porcentaje de ocupación promedio de tráfico en Erlangs de cada una de las rutas de interconexión durante el mes inmediatamente anterior; este porcentaje es la relación existente entre el promedio de los valores de tráfico pico de carga elevada registrado en una ruta determinada, con respecto al umbral de tráfico de dicha ruta. Este análisis deberá ser remitido a la otra parte con al menos cinco (5) días de anterioridad a la celebración del CMI, a efectos de permitir que durante su realización se adopten las decisiones a que haya lugar;

b) Criterio de subdimensionamiento: Cuando una ruta registre un porcentaje de ocupación promedio de tráfico superior al 85%, calculado tal como se indicó en el literal anterior, el proveedor afectado presentará en el CMI una proyección de crecimiento de dicha ruta para los seis (6) meses subsiguientes. Las proyecciones contemplarán previsiones para procurar que la ruta objeto de ampliación no supere el 80% de ocupación dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la ampliación;

c) Criterio de sobredimensionamiento: Cuando una ruta registre un porcentaje de ocupación promedio de tráfico en Erlangs inferior al 60%, calculado como se señaló previamente, se procederá a disminuir la cantidad de enlaces de interconexión de dicha ruta de manera tal que la ruta pase a un nivel de ocupación promedio del 80% y cumpla el grado de servicio definido, salvo que se utilice la capacidad mínima por ruta correspondiente a un (1) E1 de interconexión.

Si de la aplicación de los parámetros antes definidos se evidencia la necesidad de aumentar o disminuir el número de enlaces activos requeridos para el óptimo funcionamiento de la interconexión, las partes deberán proceder a la implementación efectiva de dichos ajustes dentro de los cinco (5) días siguientes a la celebración del respectivo CMI en el que debe tener lugar el análisis del comportamiento de la interconexión dentro de la periodicidad definida en la presente disposición. En caso de presentarse sobredimensionamiento de la interconexión, y vencido el plazo antes indicado, el proveedor que remunera el uso de la red podrá proceder de manera unilateral a la desconexión de los enlaces de interconexión que generan el sobredimensionamiento.

PARÁGRAFO. Sin perjuicio del dimensionamiento eficiente del tráfico de que trata el presente artículo relativo a enlaces E1, los PRST podrán adoptar cualquier otro tipo de interfaz de transmisión.»

Para poder aplicar esta metodología es necesario tener en cuenta el comportamiento histórico del tráfico en la interconexión durante los doce meses previos a la solicitud de ampliación, y las proyecciones de crecimiento del tráfico para los seis meses siguientes a dicha solicitud. El mencionado artículo deja claro que: (i) las decisiones de ampliación o reducción de los enlaces de interconexión deben ser acordados entre los proveedores interconectados en los CMI y (ii) la capacidad de cada interconexión debe responder en todo momento a las necesidades de tráfico de los proveedores interconectados. Ello da cuenta de que el dimensionamiento es una actividad que los proveedores interconectados deben emprender de manera constante atendiendo a la dinamicidad que es propia de toda relación de interconexión.

3.2.1.2. La aplicación de las reglas de dimensionamiento en el protocolo SIP

Como se indicó, las reglas de dimensionamiento establecidas en el artículo 4.3.2.15 de la Resolución CRC 5050 de 2016 hacen uso de la fórmula Erlang B y de las recomendaciones de la UIT (recomendaciones UIT-T E.492[7] y E.500[8]), las cuales están principalmente diseñadas para conmutación de circuitos (señalización SS7). No obstante, estas reglas también aplican para las interconexiones que utilizan el protocolo SIP. Lo anterior, debido a que el Suplemento 6 de la serie H de la UIT-T[9] armonizó el protocolo SIP con lo establecido en la Recomendación UIT-T E.600, la cual establece los términos y definiciones de ingeniería de tráfico. Gracias a esta armonización, las métricas y definiciones utilizadas en el dimensionamiento de redes SIP fueron integradas con otras recomendaciones de la UIT incluidas las recomendaciones UIT-T E.500 y UIT-T E.492, trayendo como consecuencia una uniformidad en la aplicación de la regla de dimensionamiento, sin importar el tipo de protocolo de señalización utilizado en cada interconexión, tal y como se encuentra establecido en el artículo 4.3.2.15 de la Resolución CRC 5050 de 2016.

Tan es así que durante el trámite del proyecto regulatorio de «Revisión del Régimen de Acceso, Uso e Interconexión»[10] de 2022, en el documento de respuesta a comentarios, la Comisión indicó lo siguiente en lo relacionado con la aplicación del artículo 4.3.2.15 de la Resolución CRC 5050 de 2016:

«(...) En todo caso, el comentario de CLARO, el cual se encuentra alineado con el comentario de TIGO-UNE-EDATEL en donde solicita especificar la regla de dimensionamiento para SIP, permitió efectuar una revisión de la pertinencia y necesidad de mantener el parágrafo 2 en los términos propuestos, pues los lineamientos generales dados por la UIT y contenidos en el artículo 4.3.2.15 deben poder aplicarse con independencia de la tecnología empleada, siendo claro -como se anotó en la sección 4 del presente documento en relación con el protocolo de señalización SIP-, que puede llegar a ser necesario considerar otros aspectos como los tipos de códecs pactados entre las partes y el incremento en el ancho de banda (overhead) que se genere por el uso de ethernet, IPv4 ó IPv6 y por el uso de los protocolos UDP y RTP, así como también efectuar las conversiones correspondientes entre unidades de medición de tráfico. Tales aspectos deberán ser armonizados con prácticas tradicionales de industria aplicadas por los PRST al interior de sus relaciones de interconexión.» (Negrilla fuera del texto)

En conclusión, la posición que esta Comisión ha adoptado para el dimensionamiento de interconexiones establecidas mediante el protocolo SIP es que para las mismas se deben aplicar las reglas definidas en el artículo 4.3.2.15."

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