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LÍNEA DECISIONAL CRC RESOLUCIÓN 4197 DE 2013

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

Tema: Cargos de acceso
Subtema: Interconexión

Resolución No. 4197 de 2013 “Por la cual se resuelve el recurso interpuesto por SISTEMAS SATELITALES DE COLOMBIA S.A. E.S.P. contra la Resolución CRC 4032 de 2012.”

Mediante Resolución CRC 4032 de 2012 del 24 de diciembre de 2012, la Comisión de Regulación de Comunicaciones -CRC- determinó negar la solicitud de SISTEMAS SATELITALES DE COLOMBIA S.A. E.S.P., en adelante SSC, de establecer un pago de cargos de acceso por capacidad variable según la disponibilidad de los enlaces acordados con COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A., en adelante COMCEL.

Tema: Cargos de acceso
Subtema: Peritaje

(…)

La CRC realizó el análisis sobre el propósito de la prueba requerida por SSC, es decir, demostrar que la interconexión entre SSC y COMCEL se encuentra bloqueada parcialmente, únicamente podía lograrse a través del decreto y práctica de un dictamen pericial como nuevamente lo solicita SSC a través del recurso de reposición, o si por el contrario, resultaba viable conocer el estado de la interconexión a través de otro mecanismo probatorio.

Por lo anterior, se le recuerda nuevamente al recurrente que el trámite de las actuaciones administrativas se deben orientar por el principio de eficacia, según el cual los procedimientos deben lograr su finalidad, y para ello la autoridad administrativa debe remover de oficio los obstáculos formales que se presenten en su desarrollo. Por lo tanto, una vez más se le advierte a SSC que la práctica de un dictamen pericial no es el medio más idóneo para alcanzar los objetivos perseguidos por la parte interesada, teniendo en cuenta la temporalidad de las condiciones de operación de una relación de interconexión y los procesos que la acompañan”.

Tema: Cargos de acceso
Subtema: Dimensionamiento y rutas de desborde

Así es claro que el recurrente además de tener la oportunidad de debatir las pruebas, fue quien aportó la información relativa al comportamiento de la interconexión existente entre la red de COMCEL y de SSC, teniendo además la oportunidad de remitirlas en un plazo superior al inicialmente otorgado. Adicionalmente, no puede perderse de vista que según las reglas previstas en el Código Contencioso Administrativo, aplicable al presente tramite, las parte de la actuación pueden presentar la información y documentación que consideren pertinente durante todo el procedimiento administrativo, sin necesidad de trámites o requerimientos especiales. Lo anterior evidencia que SSC, sin que para ello tuviera que mediar ningún tipo de trámite particular, podía remitir información adicional, como lo hizo, así como sus consideraciones u objeciones a los documentos que COMCEL entregara, documentos que siempre estuvieron a disposición de las partes de esta actuación administrativa.

Lo anterior evidencia de manera clara que el recurrente, contrario a lo afirmando en el recurso de reposición, sí tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre el dimensionamiento de la interconexión, el funcionamiento de la misma, el grado del servicio aplicado en ella, al punto que aportó los elementos probatorios que indican la condición de la interconexión en lo correspondiente a las rutas principales y de desborde, los valores de tráfico de las mismas, porcentajes de ocupación, perfiles de tráfico y grado de servicio.

Tema: Cargos de acceso
Subtema: Ocupación de las rutas

En relación con lo expuesto por el recurrente resulta importante aclarar que una cosa es que se haya presentado una situación de bloqueo de la interconexión, y otra muy distinta que la misma se encuentre subdimensionada y que por lo tanto los niveles de calidad, la disponibilidad de las rutas y los niveles de negación del servicio se vean afectados. En este sentido, es evidente que lo que se expuso respecto de los datos de tráfico suministrados por ambas partes como respuesta al decreto de auto de pruebas proferido por la CRC, fue que en concordancia con el análisis de la ocupación de las tres rutas de interconexión las falencias de la interconexión no estaban asociadas a una situación de bloqueo, sino a que las rutas tuvieron porcentajes de ocupación superiores al 100% de julio de 2011 a enero de 2012, de tal suerte que eran necesarios más E1s para poder atender el tráfico ofrecido en las rutas de interconexión

Normatividad Asociada: Resolución CRC 4032 de 2012

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